Precios de Transferencia en Paraguay

En Paraguay se ha introducido un conjunto de normas sobre precios de transferencia como parte de una reforma fiscal a través de la Ley Nº 6.380/2019 que introdujo, entre otras medidas, un conjunto completo de reglas de precios de transferencia para determinar el valor de mercado de las transacciones controladas realizadas entre empresas asociadas.

Este conjunto de normas entró en vigor a partir del 1 de enero de 2021, en la que se ha establecido que los contribuyentes que celebren operaciones con partes relacionadas residentes en el país y en el extranjero deberán obtener y conservar un Estudio Técnico de Precios de Transferencia que incluya la documentación comprobatoria con la que demuestren que el monto de sus ingresos y deducciones se efectuaron de acuerdo con los precios o contraprestaciones que hubieran utilizado partes independientes en operaciones comparables. 

¿Quiénes están alcanzados por estas normas?
 
De acuerdo con la Ley Tributaria, las normas de precios de transferencia se aplican a los contribuyentes del Impuesto a la Renta Empresarial «IRE» que celebren operaciones con:
 
Empresas relacionadas con residencia en el exterior;
Empresas relacionadas con residencia en el Paraguay, cuando la operación genere rentas exentas o no alcanzadas por el IRE para una de las entidades;
Entidades ubicadas en territorios de baja o nula tributación, o entidades que se benefician de regímenes especiales como ser: usuarios de zonas francas y empresas bajo el régimen de maquila.
 
La correcta determinación de la existencia o no de partes relacionadas es el punto inicial, y más importante, de todo análisis de precio de transferencia; sino se logra determinar la relación o establecer adecuadamente las partes relacionadas, no cabe la posibilidad de hablar de precios de transferencia.

¿Cuándo existe vinculación entre dos o más entidades?
Siendo la configuración de la vinculación un aspecto esencial en lo que refiere a Precios de Transferencia, donde se considerará que dos o más personas son partes vinculadas o relacionadas, cuando una persona o grupo de estas participe de manera directa o indirecta en la administración, control o capital de otra.
 
En lo concerniente al control a través del capital accionario la norma establece que una empresa participa en el capital de otra, cuando directa e indirectamente posee más del 50% del capital social con derecho a voto de la otra.
 
Asimismo, existe participación en la administración o el control cuando una empresa tiene la capacidad de influir en las decisiones comerciales de la otra empresa mediante el nombramiento de gerentes, directores o administraciones, o mediante una influencia contractual o funcional dominante, la cual puede afectar a los derechos de la entidad controlada. 
 
A su vez, se considerarán partes relacionadas de un establecimiento permanente ubicados en Paraguay, su matriz y otros establecimientos permanentes de la misma. Como así también se presume la asociación en los casos en que una empresa con residencia fiscal en Paraguay realice operaciones con empresas ubicadas en países de baja o nula tributación, zonas francas o empresas bajo el régimen de maquila.
 
De esta manera la reforma tributaria establecida a través de la Ley N° 6380/2019 representa un hito histórico para Paraguay en cuanto a la adopción de disposiciones relacionadas con Precios de Transferencia. Durante este periodo los contribuyentes del IRE que cumplan con las condiciones mencionadas tendrán la obligación de preparar y presentar su primer Estudio Técnico de Precios durante el mes de octubre del año en curso, demostrando que sus operaciones con partes relacionadas y/o sujetos alcanzados cumplen con el principio de independencia.  

Por Walter Hermosa  - Bakertilly Paraguay 

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