Exportar con origen: nueva era para el comercio paraguayo
El certificado de origen Mercosur estrena formulario simplificado: incorpora la declaración jurada de origen con número y fecha, agilizando trámites y brindando más seguridad documental para exportadores paraguayos.
Un Certificado de Origen (CO) es un documento que certifica el país, donde un producto ha sido fabricado o procesado. Es crucial para el comercio internacional ya que permite a los exportadores que sus productos ingresen a otros países con preferencias arancelarias. El CO en su nuevo formulario, incluirá un campo adicional para la declaración jurada de origen que deberá consignar su número y fecha, y se eliminan los campos de consignatario, país de destino y medio de transporte.
La Declaración Jurada de Origen (DJO) es una declaración jurada u otro instrumento jurídico de efecto equivalente, suscrita por el productor final, que debe indicar las características y componentes del producto y los procesos de su elaboración y contener los antecedentes necesarios que demuestren en forma documental que el producto cumple con las disposiciones del ROM.
Las normativas Mercosur vigentes son las Decisiones CMC N° 05/23 Régimen de Origen Mercosur (ROM) y 06/23 Valores de Materiales No Originarios (MaxMNO), que fueron incorporadas al ordenamiento jurídico nacional mediante los Decretos 1271 y 1270 del 2024, respectivamente.
La DJO ha sido actualizada, junto con el CO, para agilizar el comercio del bloque y sus asociados, y simplificar los trámites. Entrando en vigencia desde el 18/07/25, se elimina la necesidad de presentar una declaración por cada factura de exportación. Dentro de los principales cambios podemos citar:
Presentación electrónica: se gestionará vía VUE.
Vinculación al CO: estará directamente en el campo 11, conteniendo el número y fecha.
Declaración por producto: deberá presentarse por cada producto que se exporta.
Validez: la misma será de 12 meses.
Numeración: será única e irrepetible para cada DJO.
La DJO, presentada previamente a la entidad certificadora, con base a la cual se emite el CO y que contiene la demostración del cumplimiento del requisito de origen declarado en el campo 10, campo que corresponde a la Norma de Origen, y más específicamente a la Calificación de Origen, y cuyo cumplimiento otorga el grado de productos originarios del Mercosur.
Es necesario entender la importancia de las Normas de Origen, y la simplificación que ella acarrea en los Incisos, que actualmente son
A: para los productos totalmente elaborados u obtenidos en el territorio de uno o más Estados Partes, de conformidad con el Artículo 5 “Productos totalmente elaborados u obtenidos”,
B: para los productos elaborados en el territorio de uno o más de los Estados Partes exclusivamente a partir de materiales originarios, y
C: para los productos en cuya elaboración se utilicen materiales no originarios de los Estados Partes, siempre que dichos productos hayan cumplidos las condiciones establecidas en los “Requisitos Específicos de Origen (REOs)” y de conformidad con el Artículo 6 “Procesamiento suficiente para conferir origen”.
La DJO debe estar basada en un producto y contener:
Número de la DJO
Empresa o razón social del productor y exportador cuando la DJO sea firmada por este último.
Fecha de presentación
Domicilio legal y de planta industrial, teléfono y correo electrónico del productor y exportador cuando la DJO sea firmada por este último.
Denominación comercial del producto a exportar (idéntica a la que se registra en la factura(s) de exportación y en la prueba de origen).
Descripción usual del producto.
Código NCM vigente.
Valor FOB (Rango de valor) en dólares americanos por unidad de producto a exportar.
Unidad de medida.
Descripción del proceso productivo.
Materiales utilizados:
Materiales originarios del Estado Parte productor:
Descripción del material o Código NCM
Proveedor/fabricante
Materiales originarios de otros Estados Partes:
Código NCM
Valor CIF en dólares americanos
Porcentaje sobre valor FOB
Proveedor/fabricante
País de origen
Materiales no originarios:
Código NCM
Valor CIF en dólares americanos
Porcentaje sobre valor FOB
Proveedor/fabricante
País de origen
Materiales de terceros países que hayan cumplido con la PAC:
Códigos NCM
Valor CIF en dólares americanos
Porcentaje sobre valor FOB
Proveedor/fabricante
País de origen
Código identificador del CCPAC que acredite el cumplimiento de la PAC
Adicionalmente, la DJO debe contener un campo a ser completado por la entidad emisora donde declara que el producto contenido en la misma cumple con el ROM.
La DJO debe contener, también, la siguiente declaración: Certifico que los productos descritos en este documento califican como originarios bajo el Artículo 4 “Calificación de Origen” del Régimen de Origen Mercosur, asimismo asumo la responsabilidad de probar tales representaciones, y acepto mantener y presentar a pedido o poner a disposición durante una visita de verificación la documentación necesaria para sustentar esta declaración.
Como ejemplo, aceite de soja o cascarilla de soja, que anteriormente eran calificadas con el Inciso B, pasaron a calificar con el Inciso A mediante la inclusión del literal L “productos elaborados en el territorio de uno o más Estados Partes, a partir exclusivamente de los productos mencionados en los incisos a) a k)”.
Las cámaras autorizadas para la emisión del CO son la Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Paraguay (CNCSP), la Cámara Paraguaya Algodonera (CADELPA), la Cámara Paraguaya de Exportadores y Comercializadores de Cereales y Oleaginosas (CAPECO), la Cámara Paraguaya de Exportadores (CAPEX), la Federación Paraguaya de Madereros (FEPAMA), la Unión Industrial Paraguaya (UIP), además de las oficinas regionales del MIC en Alto Paraná, Itapúa, Amambay, Cordillera, Caaguazú, Guairá, Ñeembucú y Concepción.
En lo que refiere a la Lista Nacional de Excepciones (LNE), Paraguay podrá mantener, mediante la Decisión CMC N°01/25, hasta 649 códigos NCM con fecha límite el 31 de diciembre de 2030. En este sentido, los Estados Partes podrán modificar, cada seis meses, hasta un 20% de los códigos NCM incluidos en sus respectivas LNE.
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